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El Ministerio de Industria ha publicado en el BOE los nuevos recursos de numeración para los servicios de telefonía sobre IP (VoIP). La numeración consiste en un rango de numeración geográfica compartido con el servicio telefónico fijo (rango 8) y otro de numeración específica (rango 51). Gracias a esta resolución, los usuarios pueden disfrutar de la capacidad de nomadismo, permitiendo a sus abonados el acceso desde diferentes ubicaciones.
En la misma resolución, se definen los "servicios vocales nómadas" como "los servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público que ofrecen comunicaciones vocales bidireccionales en tiempo real desde puntos de acceso a los que los usuarios pueden conectarse de forma remota y permiten tanto el establecimiento como la recepción de llamadas, pudiendo incluir suplementariamente otro tipo de capacidades como la de comunicación multimedia". De este modo, se habilitan 10 millones de números, todos ellos identificados por el prefijo 51. Este prefijo puede ser utilizado en todo el territorio nacional, sin fijarse en ninguna provincia concreta. El único requisito es que el abonado resida en España. Además, la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, responsable de esta materia, atribuye en exclusiva al servicio telefónico fijo disponible al público todos los recursos de numeración determinados por los indicativos provinciales del segmento 9, así como los rangos del segmento 8 que actualmente están siendo utilizados para la prestación de estos servicios. De esta manera, los casi siete millones de números atribuidos a los servicios de VoIP en el rango 8 tendrán limitado su ámbito de nomadismo al distrito telefónico donde resida el abonado.
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